Avala la Cámara de Diputados la 'Ley Olimpia' a nivel nacional

Horacio Jiménez

CIUDAD DE MÉXICO, abril 30 (EL UNIVERSAL).- El pleno de la Cámara de Diputados aprobó la llamada "Ley Olimpia" a nivel nacional, que tipifica en el Código Penal Federal el delito de "violación a la intimidad sexual" y castiga con una pena de tres a seis años de prisión y una multa de casi 90 mil pesos a quien divulgue, comparta, distribuya o publique imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual de una persona que tenga la mayoría de edad sin su conocimiento, aprobación o autorización.

Este dictamen, enviado al Poder Ejecutivo federal para su publicación y entrada en vigor, obtuvo 446 votos a favor y solamente uno en contra.

Agrega las mismas penas a quien videograbe, audiograbe, fotografíe, imprima o elabore imágenes, audios o videos con contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, aprobación o autorización.

Se agrega que se impondrán las mismas sanciones previstas cuando las imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual que se divulguen, compartan, distribuyan o publiquen no correspondan con la persona que es señalada o identificada en los mismos.

Además, define que el mínimo y el máximo de la pena se aumentará hasta en una mitad cuando el delito sea cometido por el cónyuge, concubinario o concubina, o por cualquier persona con la que la víctima tenga o haya tenido una relación sentimental, afectiva o de confianza.

También, cuando el delito sea cometido por un servidor público en ejercicio de sus funciones o cuando se cometa contra una persona que no pueda comprender el significado del hecho o no tenga la capacidad para resistirlo o se obtenga algún tipo de beneficio no lucrativo; cuando se haga con fines lucrativos o cuando a consecuencia de los efectos o impactos del delito la víctima atente contra su integridad o contra su propia vida.

Describe que "violencia digital" es toda acción dolosa realizada mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación por la que se exponga, distribuya, difunda, exhiba, transmite, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios o videos reales o simulados de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, aprobación o autorización y que le cause daño...

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