Gobierno decreta emergencia sanitaria
Teresa Moreno
CIUDAD DE MÉXICO, marzo 31 (EL UNIVERSAL).- Este lunes el Consejo de Salubridad General declaró emergencia sanitaria nacional por causas de fuerza mayor debido a la epidemia por coronavirus. Esto implica la suspensión de todas las actividades no esenciales en los sectores público, social y privado hasta el 30 de abril.
La determinación se tomó ayer lunes en la sesión extraordinaria presidida por el presidente Andrés Manuel López Obrador en Palacio Nacional; entrará en vigor a partir de la publicación de la declaratoria de emergencia en el Diario Oficial de la Federación.
"Con el afán de proteger la salud de los mexicanos, [el Consejo de Salubridad General] determinó expedir el siguiente acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-COV-2, Covid-19", indicó el secretario de Relaciones Exteriores, Marcelo Ebrard Casaubón.
La Secretaría de Salud (Ssa) reportó que desde que inició la epidemia en el país, del 27 de febrero a la fecha, hay mil 94 casos acumulados y 28 defunciones.
Se informó que la letalidad, que es la proporción de personas que tienen enfermedad y que han muerto, ha aumentado ligeramente a lo largo de las últimas semanas y esto también es en proporción a la capacidad de resolución de los sistemas de salud de los distintos países.
Anoche, en conferencia de prensa, a la que asistieron los secretarios de Relaciones Exteriores, Gobernación, Salud, Defensa Nacional y Marina, y se anunció el reforzamiento de las medidas de seguridad sanitaria que se han tomado a la fecha, con el objetivo de mitigar la dispersión y transmisión del coronavirus, para disminuir la carga de enfermedad y sus complicaciones y muerte en la fase 3 de dispersión comunitaria, que se espera llegue en junio.
Se trata de 7 medidas de seguridad sanitaria, entre las cuales se ordena la suspensión inmediata del 30 de marzo al 30 de abril de 2020 de actividades no esenciales y a quedarse en casa:
"Se exhorta a toda la población, incluida la procedente del extranjero, y que no participa en actividades laborales esenciales a cumplir resguardo domiciliario corresponsable del 30 de marzo al 30 de abril 2020. Se entiende como resguardo domiciliario corresponsable a la limitación voluntaria de movilidad, permaneciendo en el domicilio particular la mayor parte del tiempo posible", señalan.
Las empresas y empleadores no podrán privar a los trabajadores de sus salarios y...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba