Pensión alimenticia no se condiciona: SCJN

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Elena Michel

MÉXICO, D.F., julio 6 (EL UNIVERSAL).- La pensión alimenticia otorgada por un progenitor a un hijo mayor de edad no podrá condicionarse o reducirse en automático por el bajo desempeño escolar o porque el joven repruebe alguna materia, según una tesis aislada difundida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

En todo caso, el juez federal deberá analizar si se trata de un caso donde sistemáticamente se reprueban todas las asignaturas o si la no aprobación se da en materias aisladas, las cuales pueden aprobarse posteriormente en extraordinarios.

El criterio se fijó a partir de la revisión de un amparo en el estado de Puebla, en la que un Tribunal Colegiado determinó que un tropiezo escolar en el historial académico de un estudiante, no puede tomarse como argumento para que su padre suspenda o reduzca la pensión alimenticia que le da.

La legislación civil del estado no exige que los hijos mayores de edad que se encuentren estudiando, para continuar teniendo derecho a recibir alimentos, tengan un desempeño escolar óptimo o sin materias reprobadas, pues solamente prevé que ese derecho se actualiza cuando aquellos realicen sus estudios normalmente y sin interrupción, pero no lo condiciona al desempeño académico óptimo"...

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