Avala Senado uso lúdico y médico de la marihuana

Teresa Moreno

CIUDAD DE MÉXICO, noviembre 20 (EL UNIVERSAL).- El Senado de la República aprobó la despenalización del uso lúdico, médico, industrial y de investigación de la marihuana, y le envió el dictamen a la Cámara de Diputados que, como instancia revisora, tendrá que aprobar la minuta o hacerle modificaciones antes del 15 de diciembre.

"Queda permitido a personas mayores de 18 años consumir cannabis psicoactivo", señala el documento que finalmente pasó ayer, tras una discusión que se extendió por más de seis horas.

Con lo anterior, se aprueba el autoconsumo y el consumo personal, lo que en términos prácticos quiere decir que las personas que vivan solas podrán cultivar seis plantas y hasta ocho si viven más de dos consumidores en un mismo espacio, así como comprar y portar hasta 28 gramos de la yerba, es decir, una cajetilla de 28 cigarrillos, adquirida en establecimientos autorizados y regulados.

El dictamen que aprobaron abre la puerta a la liberación de personas procesadas o sentenciadas por posesión simple; además, en un plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor del decreto, se deberán eliminar sus antecedentes penales.

"Se regula el cultivo, la transformación, la comercialización, la exportación e importación y el uso para fines de investigación de la cannabis. Se regula el uso médico y farmacéutico, y se establece en la Ley General de Salud", explicó el senador Ricardo Monreal Ávila, coordinador de Morena.

"Con esta ley, las personas podrán acceder al cannabis bajo criterios claros, a través de licencias relacionadas exclusivamente con cultivo, transformación, comercialización, exportación, importación e investigación".

El dictamen que se aprobó ayer amplía de cinco a 28 gramos la posesión para autoconsumo, es decir, despenalizada y que no amerita sanción; de entre 29 y 200 gramos se convierte en posesión simple y amerita sanciones administrativas o multas de entre 5 mil y 11 mil pesos; de 201 gramos a 28 kilos, se le considera posesión para narcomenudeo, y lo regula la Ley de Salud; la posesión de más de 28 kilos se considera narcotráfico y su posesión ameritaría las penas establecidas en el Código Penal.

Se contempla que en un plazo no mayor de seis meses, el Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis deberá desarrollar un programa nacional de prevención y tratamiento de adicciones con énfasis en el no consumo de cannabis psicoactivo y no psicoactivo, enfocado a niños y adolescentes.

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