CNDH pide declarar inconstitucional la Ley de Seguridad Interior

CIUDAD DE MÉXICO, noviembre 5 (EL UNIVERSAL).- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) hizo un llamado a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que declare la inconstitucionalidad de la totalidad de la Ley de Seguridad Interior (LSI), al alertar que su vigencia permite perpetuar acciones que resultan contrarias al pleno respeto a los derechos fundamentales y la dignidad de las personas.

El organismo destacó que el Congreso de la Unión no tenía facultades constitucionales para expedirla, puesto que la Seguridad Interior no es una vertiente de la Seguridad Nacional.

Enfatizó que "su vigencia permite perpetuar un estado de cosas inconstitucionales que resulta contrario al pleno respeto a los derechos fundamentales y la dignidad de las personas, por lo cual se hace un atento llamado a los ministros para que reconsideren el contenido y alcance del artículo 20 de la ley, que establece una subordinación plena de las autoridades civiles al mando de las Fuerzas Armadas".

Celebró la propuesta de declaración de inconstitucionalidad de diversas normas que impugnó, pero expresó su preocupación por el reconocimiento de validez constitucional que el proyecto propone sobre los siguientes temas: Incompetencia del Congreso de la Unión para legislar en materia de seguridad interior; Falta de consulta previa a pueblos y comunidades indígenas; Subordinación de las autoridades civiles al mando de las Fuerzas Armadas, y Facultad de las autoridades militares para solicitar cualquier información.

Para la CNDH, aun cuando las posibles declaraciones de invalidez proyectadas en diversos puntos abonan a la protección de los derechos humanos, su subsistencia genera incertidumbre jurídica cuando el resto de la norma continúa vigente, ya que generan vacíos normativos.

Indicó que los puntos del proyecto de resolución del ministro ponente Jorge Mario Pardo Rebolledo que son coincidentes con la demanda interpuesta por la CNDH son: El concepto de "amenaza a la seguridad interior" es muy amplio e indeterminado; La Ley permite la actuación de las Fuerzas Armadas por su propia cuenta para la atención de "riesgos" a la seguridad interior, y La distinción injustificada de manifestaciones que puedan ser consideradas como amenazas.

También, la posibilidad de que las Fuerzas Armadas actúen sin que medie petición de las autoridades civiles; La deficiente definición del concepto de "uso legítimo de la fuerza"; La...

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