Sin contradicción, amparos contra Santa Lucía: SCJN

Diana Lastiri

CIUDAD DE MÉXICO, octubre 3 (EL UNIVERSAL).- Los amparos contra el aeropuerto de Santa Lucía no lograron sentar un precedente en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para determinar si es o no posible y obligatorio frenar proyectos de obra pública mediante suspensiones provisionales o definitivas.

Esto, debido a que la Segunda Sala de la Corte analizó una supuesta contradicción de tesis para determinar si es posible frenar obras públicas mediante el trámite de amparos.

Sin embargo, los asuntos que la Segunda Sala debió analizar, y en los que se argumentó que había contradicción porque un Tribunal Colegiado concedió la suspensión provisional y otro no, resultaron casos completamente distintos, razón por la que los ministros omitieron analizar el fondo de los casos y determinaron que no existe la contradicción.

Los asuntos que llegaron a la SCJN fueron dos amparos, uno tramitado contra la construcción de una carretera que ya estaba hecha, y en la que se argumentan violaciones al derecho de propiedad de los dueños del terreno por el que pasa un tramo de esa vía, y un Tribunal Colegiado negó la suspensión.

El otro es uno de los más de 100 amparos tramitados contra la construcción del aeropuerto internacional en la Base Aérea Militar de Santa Lucía, por un piloto aviador que argumentó cuestiones de seguridad aeronáutica y laboral para solicitar frenar la obra, y un Tribunal Colegiado concedió la suspensión.

Por ello, los integrantes de la Segunda Sala avalaron el proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán al considerar que no existió la contradicción de tesis, porque los casos eran completamente distintos.

Para que exista una contradicción de tesis, la ley establece que los casos que la SCJN analice deben ser similares, pero con resultados diferentes, lo que no ocurrió.

Fuentes allegadas a los casos indicaron que algunos abogados que han tramitado los amparos contra la construcción del aeropuerto prevén solicitar a la Corte que ejerza su facultad de atracción para que sean los ministros quienes dicten sentencia.

Nuevo revés. El juez Quinto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, encargado de resolver todos los amparos contra Santa Lucía, negó una suspensión provisional al pueblo indígena de San Francisco Cuautliquixca.

En su acuerdo, fechado el 30 de septiembre, el juez indicó que por razones de seguridad nacional no procede conceder la suspensión porque los quejosos impugnaron la autorización en...

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