Corte invalida cuatro artículos de la 'Ley Garrote'

VILLAHERMOSA, Tab., marzo 3 (EL UNIVERSAL).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional cuatro artículos de la llamada "Ley Garrote" que fue avalada por el Congreso de Tabasco a propuesta del gobernador del estado, Adán Augusto López Hernández, en 2019.

Los ministros decidieron declarar inconstitucionales los numerales 196 bis, 299, 308 y 308 bis, en los que, en general, se sancionaba hasta con 13 años de prisión a quienes impidieran la ejecución de trabajos y obras públicas o privadas.

Además, se establecía que la persona que dificultara el servicio público local de comunicación, obstaculizara vías, retuviera unidades o impidiera el paso de algún modo podría estar encarcelada de uno a ocho años.

El presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, argumentó que con esta legislación se corría el riesgo de criminalizar las protestas sociales, por lo que apoyaría la inconstitucionalidad de los artículos.

"En mi opinión, este precepto adolece de una ambigüedad grave que, además de generar inseguridad jurídica y violar el principio de taxatividad, puede dar lugar nuevamente a la criminalización de ciertos actos de protesta legítima", aseveró.

En su momento, esta reforma ?aprobada por la mayoría de los legisladores de Morena en el Congreso de Tabasco? fue...

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