Corte prevé ratificar multas a manipuladores de precio de pollo

MÉXICO, D.F., agosto 5 (EL UNIVERSAL).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) perfila negar un amparo con el que se intentaba revertir una multa por más de 130 millones de pesos que la extinta Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) le impuso a la Unión Nacional de Avicultores, a cinco empresas del ramo y a sus principales ejecutivos por incurrir en prácticas monopólicas para manipular el precio del pollo.

Elaborado por el ministro Alberto Pérez Dayán, el proyecto de resolución que se votará en la Segunda Sala del Máximo Tribunal propone negar el amparo a uno de los ejecutivos señalados como responsable de los arreglos y convenios que realizaron cinco empresas avícolas para subir el precio del pollo mediante la publicación de supuestas ofertas para la venta de pierna, muslo y pechuga.

En la propuesta de sentencia, se confirma la constitucionalidad del artículo 9 de la Ley Federal de Competencia Económica, fracción I, por considerar que dicha norma es acorde con el artículo 28 constitucional, el cual prevé sancionar los acuerdos entre empresas competidoras para poder manipular el precio de un producto, ya sea a la baja o al alza, afectando de esta forma al mercado y a los propios consumidores.

Por lo anterior, el ministro Pérez Dayán propone negar el amparo y califica como infundados los argumentos presentados por el quejoso en contra de las multas que la Cofece le impuso a Industrias Bachoco, Pilgrim’s Pride, Tyson, Pollo de Querétaro y San Antonio, a sus ejecutivos y a la unión de Avicultores como responsables de "conspirar para manipular y acordar los precios de la carne de pollo en perjuicio de los consumidores".

La sanción por un monto total de 130.4 millones de pesos fue notificada a las empresas y personas responsables el 3 de octubre de 2013 mediante un oficio de responsabilidad, en el cual se advierte que tras cuatro años de investigación se concluyó que tanto ejecutivos como empresas incurrieron en la comisión de prácticas monopólicas absolutas contempladas en el artículo 9, fracción primera, de la Ley Federal de Competencia Económica.

Dichas conductas se configuraron por el hallazgo de contratos, convenios y arreglos entre las cinco empresas productoras y comercializadoras de pollo, los cuales tuvieron el efecto de fijar, concertar y manipular el precio de venta del diversas piezas de pollo, particularmente de la pechuga y de la pierna con muslo, utilizando para ello la publicación de ofertas "acordadas" en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR