Definen reglas de evaluación

(Material de EL UNIVERSAL+)

MÉXICO, D.F., abril 18 (EL UNIVERSAL).- Con la creación del Servicio Profesional Docente, los maestros, directores y supervisores, desde preescolar hasta bachillerato, deberán presentarse a cuatro tipos de evaluación a lo largo de su vida, dos con carácter obligatorio, para el ingreso y permanencia en el sistema; y el resto voluntarias, para cuando quieran promoverse u obtener un reconocimiento o estímulos salariales.

Por primera vez una ley en el país sancionará la venta de plazas y destituirá a los maestros faltistas.

Otra de las reformas al sistema docente es la restricción para solicitar cambio de escuela durante el ciclo escolar, y quienes lo hagan sin autorización, también perderán el empleo.

El anteproyecto de Ley General del Servicio Profesional Docente, además prevé que a más tardar el 31 de mayo de 2015 deberá iniciar un programa que sustituya a la Carrera Magisterial (creado en 1992 en acuerdo con el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, SNTE, y modificado en 2011 a través del cual se entregan estímulos salariales a los maestros).

"Los beneficios adquiridos por el personal que participa en Carrera Magisterial no podrán ser afectados en el tránsito al programa".

El propósito de todos esos procesos de evaluación al magisterio es que la autoridad promueva, respete, proteja y garantice el derecho de los niños y jóvenes a recibir una educación de calidad.

El anteproyecto de Ley que la Secretaría de Educación Pública (SEP) presentará al Senado en los próximos días, prevé el ingreso de los maestros a las escuelas públicas -en los cuatro grados: preescolar, primaria, secundaria y bachillerato-, a través de un concurso de plazas para elegir sólo a los "idóneos".

Los elegidos mediante examen obtendrán un "nombramiento inicial" por tres años, periodo en el que se deberán presentar a una evaluación anual, al término se determinará si su práctica favorece el aprendizaje de los niños y sólo así recibirán el "nombramiento definitivo".

En caso de que prevalezca la "insuficiencia", a pesar del acompañamiento de un supervisor, se le separará del servicio público sin que los años laborados impliquen una responsabilidad para la autoridad educativa.

La ley determinará lo que ocurrirá a quienes obtengan la plaza bajo otros criterios, entre ellos lo que comúnmente se conoce como la "compra o venta". Determina que "será nula de pleno derecho y, en consecuencia, no surtirá efecto alguno sin necesidad de...

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