¿Cuál es la diferencia jurídica entre el matrimonio y concubinato?

CIUDAD DE MÉXICO, abril 26 (EL UNIVERSAL).- Actualmente, es común encontrar parejas que decidieron unir sus vidas sin haber celebrado una ceremonia religiosa y civil de matrimonio.

Ante la libertad con la que las parejas decidieron vivir bajo la forma del concubinato las leyes en el país se han modificado para no dejar desprotegidas a esas parejas ante cualquier eventualidad.

Ayer miércoles, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró que el matrimonio y el concubinato no son equivalentes ante la ley pero que como familias no deben ser discriminadas por la forma en que se constituyeron.

Pero, ¿cuál es la diferencia legal entre una y otra figura?

De acuerdo con el Código Civil de la Ciudad de México, las relaciones familiares que generan jurídicamente derechos y obligaciones surgen de los lazos de matrimonio, parentesco o concubinato.

El matrimonio es una unión libre entre dos personas que se realiza ante un juez del Registro Civil, una vez que se cumplan los requisitos establecidos en las leyes locales de donde se realice el acto.

El concubinato puede ser inscrito ante el Registro Civil, pero no es un requisito para que exista, como ocurre con el matrimonio.

El Código Civil establece los casos en los que las personas están impedidas legalmente para contraer matrimonio.

Estos impedimentos también operan para poder ser concubinos.

Para considerarse concubinos, la pareja debe vivir en común "en forma constante y permanente" durante dos años, establece el Código capitalino.

Ese requisito no aplica cuando existen hijos en común.

Tanto cónyuges como concubinos tienen derechos y obligaciones alimentarias, derechos hereditarios y sobre los hijos en común.

El matrimonio, jurídicamente hablando, se trata de un contrato civil celebrado entre dos personas de manera libre con consecuencias patrimoniales similares a las de una sociedad mercantil.

Cuando dos personas deciden casarse también definen bajo qué régimen patrimonial lo harán: sociedad conyugal o separación de bienes.

En la sociedad conyugal, los bienes...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR