Profepa confirma violaciones legales por aterrizaje en arrecife

CIUDAD DE MÉXICO, octubre 6 (EL UNIVERSAL).- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) determinó que no hubo afectaciones a los ecosistemas ni destrucción de los sitios de anidación de especies de vida silvestre tras el aterrizaje de un helicóptero en el Área Natural Protegida "Arrecife Alacranes" aunque impondrá multas que oscilan entre los 3 mil 650 pesos hasta los 3 millones 650 mil pesos.

El senador Emilio Gamboa viajaba como pasajero en el aterrizaje, aunque reconoció que fue un error haber aterrizado allí, no se haría acreedor a las multas, que serían para el arrendador y piloto del helicóptero así como al propietario y el patrón del yate que recogió a los pasajeros.

Tras la inspección realizada la dependencia federal determinó que hubo violaciones legales y administrativas por el aterrizaje de la aeronave por lo que impondrá multas al arrendador y al piloto del helicóptero, así como al propietario y patrón de la embarcación que realizaron acciones de aterrizaje y embarque en la Isla Blanca o Pájaros del Parque Nacional Arrecife Alacranes (PNAA), respectivamente, el pasado 30 de septiembre.

La indagatoria a cargo de inspectores de la Profepa en el estado de Yucatán señala que no hubo daños a los ecosistemas ni la alteración o destrucción de sitios de anidación y alimentación, refugio o reproducción de especies de vida silvestre o a los arrecifes coralinos de la isla.

Como resultado de una inspección realizada, del día 3 al 5 de octubre, a denuncia presentada en redes sociales y por la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, se estableció que el helicóptero Bell 412, matrícula XA-EHP, de la empresa Heliservicios, arrendada por el empresario Emilio Díaz Castellanos, aterrizó en la zona núcleo de esa área natural protegida (subzona de uso restringido), donde sólo está permitido el aterrizaje con fines de manejo, vigilancia, investigación o emergencia.

Por su parte, el yate ?Maharani?, propiedad del citado empresario, tampoco debió navegar en dicho sitio para embarcar a los pasajeros, lo que actualiza una segunda violación legal y administrativa, de acuerdo a las restricciones que impone entre otras disposiciones la LGEEPA, su Reglamento y el Programa de Manejo, para ese tipo de actividades.

Cabe señalar que el navío, al mando de Javier Ricardo Rosel Manzano, contaba con permiso para ingresar al Parque Nacional.

Los términos del Programa de Manejo del Arrecife Alacranes establece que...

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