Profepa multa a responsables por aterrizaje en área protegida

CIUDAD DE MÉXICO, noviembre 26 (EL UNIVERSAL).- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente impuso una multa de 1 millón 277 mil 104 pesos a los responsables del aterrizaje y embarque en la Isla Blanca o Pájaros del Área Natural Protegida (ANP) Parque Nacional (PN) Arrecife Alacranes, realizado el pasado 30 de septiembre. Cabe destacar que en el helicóptero que aterrizó en dicha área natural protegida iba como pasajero Emilio Gamboa Patrón, coordinador del PRI en el Senado de la República.

La Profepa informó que una vez substanciado el procedimiento correspondiente, se determinó el incumplimiento a la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA), su Reglamento en materia de Áreas Naturales Protegidas, así como al Programa de Conservación y Manejo del PN Arrecife Alacranes; por no contar con autorizaciones de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) para el ingreso al PN Arrecife Alacranes; así como por el aterrizaje y fondeo de embarcación en zona no permitida.

?Aunque en la indagatoria a cargo de inspectores de la Profepa en el estado de Yucatán, se señaló que no hubo daños a los ecosistemas ni destrucción de sitios de anidación y alimentación, refugio o reproducción de especies de vida silvestre o a los arrecifes coralinos de la isla; se determinó que hubo perturbación, molestia y alteración de la fauna silvestre consistente en especies de aves y tortugas marinas?, aseguró la dependencia en un comunicado.

La sanción fue impuesta al arrendador y poseedor del helicóptero Bell 412, matrícula XA-EHP; así como al patrón de la embarcación ?Maharani?, carácter que recae en uno solo de los sujetos infraccionados; así como al piloto de la aeronave y al patrón de la embarcación.

La procuraduría ambiental consideró lo establecido en el artículo 173 de la LGEEPA, considerando principalmente la generación de desequilibrios ecológicos, la afectación de recursos naturales o biodiversidad; las condiciones económicas del infractor, el carácter intencional o negligente de la conducta desplegada, y se consideró que no existía reincidencia para los tres sujetos que intervinieron en los hechos.

Matizó que si bien es cierto que los infractores tuvieron el mismo grado de participación en los hechos que les corresponden, también lo es que los antes mencionados no tienen las mismas condiciones económicas. Por ello, la Profepa consideró sancionar al arrendatario y poseedor del helicóptero Bell 412, matrícula...

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