Protege la Corte a menores infractores

Diana Lastiri

CIUDAD DE MÉXICO, julio 13 (EL UNIVERSAL).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó que se investigue la supuesta tortura en contra de dos menores para que confesaran su participación en un asalto y homicidio, determinó que se les reponga el procedimiento, debido a que no tuvieron una adecuada defensa.

El fallo fue realizado por el ministro de la Primera Sala de la Corte, Jorge Mario Pardo Rebolledo; en él revocó la sentencia del Primer Tribunal Colegiado en materia Penal de Veracruz, que determinó negar el amparo a Alonso y Gerardo, quienes fueron sentenciados por una juez de Responsabilidad Juvenil, por los delitos de robo agravado, desmantelamiento de automóvil y homicidio.

La sentencia, aprobada por unanimidad, consideró que a ambos menores se les violentó el debido proceso, al haber sido torturados y al no contar con una defensa adecuada.

En 2002, Alonso y Gerardo, en compañía de otra persona planearon asaltar la casa de la abuela del primero, durante el robo, el tío de éste resultó muerto por asfixia.

?Forcejearon (con el tío de Alonso) y para someterlo usaron cuchillos y toallas. Lo amarraron de pies y manos, pero como pedía auxilio, (Gerardo) le tapó la boca con una bolsa y un cojín, mientras que los demás sujetos se apoderaron de una televisión, una computadora, un reproductor de DVD, una impresora, botellas de vino y una laptop?, detalló el fallo.

Se llevaron también un automóvil, el cual desmantelaron en un estacionamiento. Ambos menores solicitaron amparo contra la sentencia en la que se les consideró responsables de los delitos. Argumentaron que durante su detención fueron torturados para confesar su participación, además de que durante la reconstrucción de hechos no tuvieron la asesoría de su representante legal.

La Primera Sala de la SCJN ordenó que el Ministerio Público inicie una investigación sobre la tortura denunciada por Alonso y Gerardo. ?Atento al principio interpretativo pro persona, para efectos del mencionado derecho, debe considerarse como denuncia de un acto de tortura a todo tipo de noticia o aviso que sobre ese hecho se formule ante cualquier autoridad con motivo de sus funciones?, citó el ministro Pardo Rebolledo.

También revocó la sentencia del Colegiado, debido a que no hay certeza de que en la diligencia de reconstrucción de hechos estuviera presente el representante legal de los menores, a pesar de que la misma fue videograbada.

?Se estima que la omisión del juez de investigar...

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