En qué consiste la iniciativa preferente a favor de los niños

MÉXICO, D.F., septiembre 1 (EL UNIVERSAL).- La iniciativa que enviará hoy lunes al Congreso el presidente Enrique Peña Nieto endurecerá las normas en contra del trabajo infantil, con la cual se pretenden realizar cambios a las leyes Federal del Trabajo, de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y a la Federal de Justicia para Adolescentes.

Esta iniciativa es para adecuar leyes secundarias, después de la reforma con la que se incrementa de 14 a 15 años la edad mínima para laborar.

Al aprobarse la iniciativa preferente del Ejecutivo, quedará claro el derecho de los niños, niñas y adolescentes a estar protegidos contra la explotación económica y contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación, o que sea nocivo para su salud o su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social.

Se establece la salvedad de poder emplear a un mayor de 16 y menor de 18, siempre y cuando sea en actividades que no atenten contra su salud, seguridad y moralidad, aunado a que hayan recibido instrucción o formación profesional adecuada y específica en la rama de actividad correspondiente.

Obligará a los patrones a contar con registros y documentación que compruebe el nombre y apellido del menor, la fecha de nacimiento o la edad, así como la información referente a la orientación, capacitación o formación profesional que, en su caso, les proporcione la empresa.

Incluyen cambios con los que se eliminaría la restricción de los menores de 18 años, de formar parte de las dirigencias de los sindicatos, y de esta manera, se amplía el rango de edad para asumir cargos en la mesa directiva de los mismos.

Se precisan como labores peligrosas o insalubres, las que implican, entre otras cosas, ruido, vibraciones, radiaciones ionizantes y no ionizantes infrarrojas o ultravioletas, condiciones térmicas elevadas o abatidas o presiones ambientales anormales. agentes químicos contaminantes del medio ambiente laboral, residuos peligrosos, agentes biológicos o enfermedades infecto contagiosas, así como fauna peligrosa o flora nociva.

Respecto a las labores, se estipula como peligrosas en minas, buques submarinas y subterráneas, en obras de construcción, agrícolas, forestales, de aserradero, silvícolas, de caza y pesca, de soldadura y corte, ladrilleras, vidrieras, de cerámica, tabacalera y en vías de tránsito primarias, entre otras.

Esto es algo del contenido de la iniciativa que será enviada al Congreso, paralelamente a...

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