Reclusos tienen derecho a mantener vinculación con el exterior: CNDH

CIUDAD DE MÉXICO, agosto 26 (EL UNIVERSAL).- Las personas privadas de la libertad en los centros penitenciarios de la República Mexicana tienen derecho a mantener vinculación con el exterior, indicó la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), que emitió una recomendación en la que exhortó a establecer parámetros para corregir las limitaciones que contravienen lo dispuesto en los artículos 1, 18 y 19 de la Constitución.

La recomendación general 33/2018 está dirigida al secretario de Gobernación, a los gobernadores de las entidades federativas, al jefe de Gobierno de la Ciudad de México y al comisionado Nacional de Seguridad, a quienes el organismo insta a reconocer la importancia de atender el derecho de las personas en reclusión a mantener vinculación con el exterior, "por el importante papel que representa desde la perspectiva de la organización y disposición del régimen penitenciario, y por tratarse de una herramienta fundamental para la reinserción social".

Para la CNDH, las autoridades del sistema penitenciario deben proporcionar a las personas privadas de la libertad "los servicios de visita familiar, íntima, de locutorios, de abogados defensores, de asistencia social y religiosa; comunicación telefónica, correspondencia y biblioteca, así como diversos medios de comunicación electrónicos, impresos y equipos de cómputo, estos últimos para efectos de aprendizaje, todo ello dentro de la seguridad que establece la ley y bajo estricta supervisión externa".

Explicó que se trata de una faceta externa de libertad de expresión o de adecuación en espacios vitales que no deben ser restringidos por el Estado, con lo cual se protegen los derechos relativos a la familia, salud, autonomía personal y a la asistencia letrada.

La CNDH destacó "la importancia de la vinculación con el exterior como derecho fundamental, considerando para ello el diseño y operación de políticas públicas pertinentes que contemplen infraestructura, procedimientos, marco normativo y personal capacitado y suficiente para dar eficacia al disfrute de esta prerrogativa", condiciones que quedaron señaladas en seis puntos de la recomendación.

Mencionó que la implementación de programas con autoridades corresponsables, de conformidad con la Ley Nacional de Ejecución Penal, fue aspecto a considerar, así como los relativos...

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