Sánchez Codero y Silva Meza dejan la Suprema Corte

Juan Omar Fierro

MÉXICO, D.F., diciembre 1 (EL UNIVERSAL).- Con discursos en defensa de la libertad personal, a favor del respeto a los derechos humanos y de la independencia judicial, calificados por ambos como “valores irrenunciables” en la impartición de justicia, los ministros Olga Sánchez Cordero y Juan Silva Meza se despidieron de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tras 21 años de servicio ininterrumpido.

Durante una sesión solemne en la que participaron los plenos conjuntos del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) y de la SCJN, el ministro Silva Meza enfatizó que el gran lastre para México es la desigualdad existente entre sus habitantes, así como la falta de una verdadera ciudadanía, por lo que el gran corrector e igualador social para nuestro país debe ser el acceso a la justicia.

La ministra Sánchez Cordero advirtió que “los tribunales constitucionales deben velar por la libertad de las personas”, por lo que reivindicó su voto a favor de resoluciones que han contribuido a ensanchar sus derechos fundamentales, incluyendo la constitucionalidad de las leyes que permiten el divorcio sin que se requiera justificación, las jurisprudencias a favor del matrimonio igualitario para parejas homosexuales y el amparo otorgado a cuatro quejosos para el uso lúdico de la marihuana.

Con el retiro de Silva Meza y Sánchez Cordero, el pleno de la Corte se queda con nueve ministros en funciones, lo que puede repercutir en la declaratoria de inconstitucionalidad de una ley, ya que se requieren ocho votos para poder invalidar una norma o ley que se considere contraria a la Carta Magna o a los tratados internacionales en materia de derechos humanos.

Sin embargo, la ausencia de ambos ministros será más evidente en las salas que se integran por cinco ministros cada una, lo que puede provocar empates al momento de votar un proyecto de resolución, ya que sólo habrá cuatro ministros por sala.

Para aprobar una propuesta de sentencia, en la Primera y Segunda Sala de la Corte se requieren al menos tres votos, por lo que pueden darse empates a dos votos, dificultando así la resolución de amparos, recursos de queja y otros incidentes que se tramitan en dichos órganos jurisdiccionales.

De acuerdo con el artículo 96 constitucional, una vez que el presidente de la República envía la terna al Congreso para la elección de los ministros, el Legislativo cuenta con 30 días naturales para su designación, periodo que se cumple el próximo 14 de diciembre.

El...

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