SCJN discutirá pensión para concubinas de militares

Diana Lastiri

CIUDAD DE MÉXICO, mayo 23 (EL UNIVERSAL).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) prevé declarar inconstitucional la exigencia de que las concubinas de los militares deben ser inscritas por éstos en el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas para tener derecho a una pensión.

La ministra Margarita Luna Ramos expondrá este miércoles a sus compañeros en la Segunda Sala de la Corte un proyecto en el que propondrá declarar que el artículo 160 de la Ley del ISSFAM restringe a las personas a presentar pruebas suficientes para acreditar su concubinato.

El caso llegó a la Corte debido a un amparo promovido por Lilia Jiménez Monroy, a quien a pesar de haber acreditado ante un juez familiar que tenía carácter de concubina con un teniente coronel de sanidad retirado, el ISSFAM le negó la pensión por el fallecimiento de su pareja.

Esto, debido a que el artículo 160 de la Ley del ISSFAM establece que para tener carácter de concubina y ser reconocida por las autoridades castrenses, la mujer debía ser inscrita como tal por el teniente coronel, cosa que al momento de su fallecimiento no ocurrió.

En el litigio el ISSFAM argumentó que no se le debía conceder el amparo para acceder a una pensión porque si el militar no la registró como su concubina no fue fortuito, sino porque "decidió no hacerlo".

En su proyecto, la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR