Última llamada para presentar la declaración anual

CIUDAD DE MÉXICO, junio 21 (EL UNIVERSAL).- A partir de este lunes solamente restan siete días hábiles para que los contribuyentes personas físicas presenten su declaración anual correspondiente a 2019.

Este 30 de junio vence el plazo ampliado que otorgó el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para el pago de los impuestos por los ingresos obtenidos el año pasado.

Es decir, a las personas físicas con y sin actividad empresarial, así como asalariados con ingresos superiores a 400 mil pesos anuales, que tengan dos patrones o soliciten devolución, y que aún no han presentado su declaración, les resta esta semana y dos días hábiles más de la próxima para hacerlo.

En el caso contrario, tendrán que pagar multas que van desde mil 400 y hasta 34 mil 730 pesos, dependiendo del incumplimiento, monto que podría aumentar si se acumulan recargos y actualizaciones.

Por su parte, la presidenta del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), Diamantina Perales, destacó que es importante no dejar pasar la fecha límite.

"Los dos meses adicionales que otorgó el SAT fueron suficientes para prepararse y poder cumplir, ya que se dieron las facilidades para hacerlo de manera electrónica y no se presentaron fallas operativas en el sistema", indicó.

El problema que pudieron haber tenido algunos contribuyentes, señaló, fue para quienes declaran por primera vez, pues la emergencia sanitaria los pudo tomar desprevenidos al no estar familiarizados con los trámites que se requieren.

Para los que están al límite, dijo, es importante que sepan que difícilmente tendrán la posibilidad de hacer una cita para acudir a las oficinas de la dependencia. Si requieren apoyo, recomendó acercarse a un asesor fiscal o contador sin necesidad de salir de casa. Con una llamada telefónica se puede recibir asesoría.

¿Qué dice el Servicio de Administración Tributaria?

El organismo enfatizó que el incumplimiento genera consecuencias.

Si un contribuyente omite hacer los pagos mensuales de los impuestos en el plazo establecido por las disposiciones fiscales, deberá pagar recargos y actualizaciones, siempre que la obligación se cumpla de manera espontánea.

No presentar declaraciones, solicitudes o avisos que exijan las disposiciones fiscales o presentarlos a requerimiento de la autoridad, así como no cumplir con los requerimientos de las autoridades fiscales o cumplirlos fuera de los plazos señalados amerita sanciones; no obstante, si el SAT ejerce sus facultades de comprobación...

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